Blogia
CURSOS DE VERANO UPV/EHU

¿Armonización penal europea?

Para los 28 países de la Unión Europea (UE) se presenta difícil unificar sus legislaciones. Y no es para menos en el ámbito penal tal y como se puso de manifiesto en el curso de verano de la UPV/EHU sobre Derecho Penal que contó con la colaboración del Insituto Vasco de Administración Pública (IVAP). Son distintas las opiniones de los expertos en Derecho penal que formaron parte del encuentro en donde la “desarmonización” penal existente en Europa quedó patente.

Haciendo un repaso por las normas europeas e internacionales, El docente de la Universidad de Alicante Isidoro Blanco expuso que el artículo 83,1 del Tratado de Lisboa posibilita la emisión de directivas que aboguen por la armonización. Por su parte, el catedrático de la Universidad de Castilla-La Mancha Adán Nieto indicaba que todas las organizaciones internacionales como la ONU u OCDE piden que se dé la armonización y posibilitan que los países ratifiquen su reglamento. “Sin embargo, los países cuentan con sanciones dispares, sistemas de imputación desiguales, hay un régimen de cooperación judicial distintas y las penas y sanciones administrativas son un universo complejo”, añadió. En su opinión, actualmente sólo puede darse la armonización sectorial y los caminos que se podrían seguir son dejar de lado las tradiciones nacionales de cada estado, coger la normativa del país que mejor y más completa la tenga o hacer una hibridación de normas teniendo en cuenta a cada país.

Norberto Javier de la Mata, de la Facultad de Derecho de la UPV/EHU, se centró en la política penal de armonización en materia de medio ambiente pero también aportó su punto de vista en relación a la unificación de la normativa penal. “No existe un derecho penal europeo, lo que existe es una política penal europea en función de la incidencia de la materia”. Según de la Mata, hay cuestiones que parecen estar más en consonancia entre todos los estados europeos ya que “hay un interés asumido por cada estado como en el caso de los delitos contra el medio ambiente”. Hablaba de la existencia de una política penal y no un derecho penal precisamente porque “hay una legislación comunitaria asumida pero no integrada”.

Al hilo de la ponencia de la Mata, el también docente de Derecho Carlos Romeo explicaba en su intervención dedicada a los delitos que se dan en la red que “la globalización, la libre circulación y las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) han contribuido a incrementar y facilitar la delincuencia transfronteriza y eso ha aumentado el debate por la armonización”.

Por otro lado, hubo voces como la del profesor de la Universidad Pompeu Fabra Santiago Ripol que abogaban por la cooperación de los estados más que por la propia armonización a la hora de cumplir con lo que las normas europeas e internalcionales dicen especialmente en materia de Derechos Humanos “para que las sentencias del Tribunal de Estrasburgo sean eficaces”.

La corrupción y el tráfico y trata de personas fueron dos temas que también se analizaron durante las jornadas estivales en donde se hacía hincapié en una política criminal que ponga el acento en una sanción penal unificada. Asimismo, se debatió sobre el papel de las víctimas y el derecho a un juicio justo, y acerca de la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.

Ana Isabel Pérez: “Ha habido intentos de elaborar un instrumento que sirva como Código Penal”

 ¿Qué obstáculos existen que complican la armonización?

No podemos hablar de un Derecho Europeo al uso porque el problema del Derecho Penal europeo afecta directamente a la soberanía de los estados. El aspecto fundamental es que los estados tienen potestad para decidir dónde fijan los límites, hasta dónde pueden llegar o qué conductas pueden ser sancionadas. Es cierto es que lo que hace la Unión Europea es ir marcando unas líneas y directrices generales de las cuales los Derechos Penales de cada uno de los estados tienen que ir adecuándose y tienen que ir adaptándose. El problema fundamental es la propia idiosincrasia de los estados, la propia dificultad a la hora de ir cediendo cotas de poder, de ir cediendo soberanía ante lo que implica el formar parte de la Unión Europea.

¿Hay delitos/materias en lo que la legislación está unificada o en dónde más se ha legislado?

Sí, sobre todo porque la Unión Europea en origen era la Comunidad Económica Europea. Cuando surge, sus objetivos eran de naturaleza económica ya que pretendían buscar una Unión Económica. Por lo que respecta al ámbito jurídico penal y a la legislación penal, inicialmente en delitos económicos como fraude en las subvenciones, fraude contra las haciendas públicas, etc. , comparativamente hablando con otras materias sí que se presenta una mayor unificación.

¿La Unión Europea tiene potestad para sancionar cuando un recurso llega a los Tribunales Europeos o las sanciones están en manos de los países? 

Hay una serie de directrices y se pueden aplicar directamente y pueden surgir sanciones vinculadas pero lo normal en materia penal es que nos movamos en un ámbito en el que al final son los órganos jurisdiccionales de los propios estados miembros los que aplican esas consecuencias jurídicas. Incluso en los supuestos de que se viole a los Derechos Humanos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos lo que hace es sancionar o condenar a un Estado, no a un sujeto individual.

“Idiosinkrasia oztopo da bateratze prozesuan”

¿Existe todavía un debate generalizado entorno a si los juristas deberían defender la armonización penal europea o debería defender la tradición jurídica de cada país?

Ha habido muchos intentos por codificar y elaborar un único instrumento que sirva como un Código Penal aplicable a nivel de todos los estados de la UE pero existen muchas dificultades y voces contrarias y la idiosincrasia propia de lo que es la sociedad europea que dificulta la posibilidad de la unificación.

0 comentarios